
AFIP Simplifica las Deducciones en Ganancias por Alquileres
Suprime la obligación de adjuntar el contrato de Alquiler a través del servicio SiRADIG – TRABAJADOR
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5547, ha eliminado la necesidad de adjuntar el contrato de alquiler en el servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR" para calcular las deducciones del 40% del 10% de los pagos efectuados por alquileres de inmuebles destinados a vivienda, tal como se establece en los incisos h) y s) del Apartado D del Anexo II de la RG 4.003.
Este cambio normativo tiene como objetivo simplificar los trámites vinculados a las deducciones por alquileres de viviendas, beneficiando tanto a inquilinos como a propietarios, según lo establecido en la Ley N° 27.737.
Además, se actualiza el Anexo II de la Resolución General N° 4.003, que define los montos deducibles por los contribuyentes en relación a los pagos de alquiler:
Deducción del 40%: El 40% de los pagos realizados por alquileres de viviendas puede deducirse hasta el límite de la ganancia no imponible, siempre y cuando el contribuyente no sea dueño de ningún inmueble. Este importe debe estar respaldado por una factura o documento equivalente emitido por el propietario, según las normativas vigentes de la AFIP.
Nueva Deducción del 10%: Se introduce la posibilidad de deducir un 10% adicional del monto total anual de alquileres destinados a vivienda, conforme a la Ley de Impuesto a las Ganancias. Esta deducción es complementaria a la del 40% y está disponible tanto para inquilinos como para propietarios, incluso si estos últimos declaran sus ingresos bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Registro en el RELI
Para acceder a estas deducciones, es indispensable que los contratos de locación estén registrados en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI”, en línea con la Resolución General N° 5.545.
Simplificación de Trámites
La AFIP ha decidido eliminar la obligación de adjuntar los contratos de locación a través del sistema “SiRADIG – TRABAJADOR” para el cómputo de estas deducciones. Esta medida busca reducir la carga administrativa para los contribuyentes, facilitando el acceso a los beneficios fiscales.
La Resolución General 5547/2024 entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 13 de agosto de 2024, y se espera que simplifique significativamente el proceso de deducción de alquileres en el Impuesto a las Ganancias para los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos.